sábado, 23 de junio de 2012

CORTE SUPREMA, JUBILADOS Y SIMILITUDES


Cuando una misma clase política y dirigente mantiene durante más de dos décadas vigencia en altos cargos públicos o de representación privada, más allá de pretendidas diferenciaciones ideológicas y modelos de gestión, irremediablemente se concluye en una mimetización de principios y metodologías de acción política. Es entonces cuando desaparecen los partidos, se desvirtúa la representatividad, y se diluyen las opciones de gobierno.

Lo expuesto se ratifica con la actuación de la Corte Suprema de Justicia como máxima instancia jurídica en la defensa de derechos, y el Poder Ejecutivo, en relación a uno de los sectores sociales mayoritariamente más vulnerables: los jubilados. En la década del 90 para mantener el barniz institucional de independencia de la Corte, el presidente Menem amplió el número de sus integrantes, y designó a jueces adherentes que conformaron la llamada “mayoría automática” que avalaba las políticas del Ejecutivo. El actual gobierno, en una acción masivamente elogiada, incorporó en reemplazo de los que renunciaron a prestigiosos juristas. Sin embargo se continúa con la estrategia del “barniz institucional”; los fallos que no satisfacen al actual Gobierno no se cumplen. Inevitablemente se llega al mismo resultado que en los años 90: el desprestigio de ministros de la Corte y gobernantes. Se consolida además la hipótesis que una misma clase dirigencial no puede encabezar políticas estructuralmente distintas. Esta situación asume características terminales ante el desenfado del responsable de la Anses, Diego Bossio, al negar a la Corte información para dar solución a los miles de juicios previsionales que colapsan la capacidad operativa y física de los juzgados (se calculan entre 360y 430 mil expedientes), entablados ante los incumplimientos de la jurisprudencia sentada por la Corte en los reajustes de haberes jubilatorios, a lo que se agrega no dar respuesta acerca del uso de los fondos de la Anses. Ante la actitud de Bossio, surge la inquietante duda de porque ante la gravedad institucional y social del hecho, la Corte Suprema no plantea un conflicto de poderes.

La reflexión no puede eludir la absoluta prescindencia de supuestas oposiciones en funciones legislativas, a fin de estudiar, debatir, aprobar y controlar una legislación coherente y definitiva a lo largo del tiempo, que evite lo que ya es un clásico en el sistema jubilatorio estatal: su vaciamiento. El concepto de “solidaridad social” es aplicado para los descuentos salariales de los trabajadores activos, pero se licúa al momento del otorgamiento de las jubilaciones promedio, que no cubren niveles de subsistencia, lo que ya afecta a tres generaciones. Como contrapartida un alto porcentaje de lo recaudado se destina a fines que claramente deben estar incluídos en el presupuesto general, cediendo recursos a tasas de interés ruinosas en beneficio de grandes grupos empresarios (venta de plasmas y netbooks; construcción de viviendas; fideicomisos varios manejados por entidades financieras, etc.), cuando no utilizados para la implementación de acciones demagógicas como la entrega de beneficios previsionales a quienes no hicieron aportes. Se estima que solo en 2011 se entregaron 3.800.000 beneficios en éstas condiciones.

A los fines de identificar dentro de la bruma del oportunismo a los actores políticos partícipes que pretenden ser considerados “oposición”, utilizaremos dos términos arcaicos: radicalismo y socialismo. De este modo no nos torturaremos en designar como opositor a quienes se escudan bajo siglas de fantasía que jamás fueron votadas y no representan a nadie (GEN; UNIÓN POR TODOS; NUEVO ENCUENTRO; COALICIÓN CÍVICA, entre muchos otras), sin olvidar el exitoso unipersonal AHORA FELIPE (Felipe Solá), y el próximo partido que funde Lilita Carrió (“funde” del verbo fundar, no fundir).

La historia indica que en 1990 se creó el Instituto de Previsión Social, que fue reemplazado por el organismo descentralizado Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), mediante el Decreto 2741 del 26 de diciembre de 1991, con la función de manejar los recursos jubilatorios, pensiones, autónomos, subsidios y asignaciones familiares. Obsérvese que habitualmente la última semana de diciembre de cada año es mortal, en cuanto a decretos y fallos de la Corte conflictivos, sobreseimientos por enriquecimiento ilícito e incrementos de dietas legislativas. Como propuesta de reforma política, habría que ir pensando en pasar Navidad a la primera semana de Enero.

Ya en 1991 se planteó y no se aprobó que el ANSES tuviese una conducción colegiada con integrantes del gobierno, jubilados y organismos de control. Cuando en el año 2008 se derogó el sistema jubilatorio de capitalización implementado en el año 1994, con la creación de las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones (AFJP), el radicalismo y socialismo fundaron su apoyo al proyecto de ley apelando a un argumento recurrente, que expresa el estudio profundo que realizan de las leyes en tratamiento: “las jubilaciones a cargo exclusivo del Estado es una posición histórica de nuestro partido”. Pero para disimular que no existe oposición y propuestas, ambos partidos pusieron una condición que reactualizaba la de 1991, que en una democracia no debería ser tema de debate: que los recursos jubilatorios tuviesen una Comisión de Fiscalización de Control, integrada entre otros sectores por jubilados, según lo declarara a los medios, entre otros, el diputado Claudio Lozano. Nuevamente  no se cumplió con este compromiso, los radicales y socialistas no se preocuparon por que se cumpliera, y el organismo provisional “descentralizado” se maneja como si fuera un Ministerio con directa dependencia del Ejecutivo. La historia es la que marca de manera indubitable la complicidad que por acción u omisión tienen  las supuestas oposiciones radical y socialista en la aprobación de leyes que no protegen a los ciudadanos, como en este caso a los jubilados, y que explica, entre otros importantes factores a ser analizados próximamente, porque no existen partidos políticos consistentes en el país.

Por ello cuando la UCR en un crítico comunicado reciente referido al supuesto “conflicto” Corte Suprema – ANSES, denuncia “un escándalo institucional y una grave afrenta a la equidad social y al federalismo” (textual), no es una postura crítica u opositora; es un cinismo.




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