sábado, 25 de agosto de 2012

CONFUNDIR POLÍTICA CON SOBERANÍA


La reciente expropiación de la empresa gráfica ex Ciccone generó que tanto políticos oficialistas como supuestos opositores presentaran la ley aprobada como “un acto de soberanía”. Como éste concepto fuera utilizado en los casos de Aerolíneas Argentinas y Repsol-YPF, entre otros, queda la duda sobre si los legisladores carecen de adecuada formación intelectual, o bien intentan disimular decisiones concretas de impacto económico pasados y futuros con grandilocuencias verbales falsas. Ambas hipótesis son inaceptables, por lo que es momento de realizar una reflexión al respecto.

El concepto de “soberanía” contemporáneo surgió para fundamentar el surgimiento de nuevos estados nacionales en la Europa del siglo XVI, en donde predominaban las monarquías y el derecho divino y/o hereditario como legitimación de liderazgos, entendiéndose como tal al derecho de los pueblos de elegir a sus gobernantes, establecer sus leyes y mantener sus territorios. En un sistema republicano el soberano es la colectividad o pueblo, que traslada sus derechos a favor de la autoridad elegida a través del voto popular, con sistemas electivos que garanticen las decisiones de las mayorías. Los representantes del pueblo una vez instalados como “autoridad”, generan  “actos políticos”, los que también deben ser homologados por una mayoría, en este caso parlamentaria. Este concepto de Perogrullo cobra especial relevancia en nuestro país, cuando es la misma clase política que festeja como un acto de soberanía la implementación de políticas totalmente opuestas a las que los mismos políticos avalaron tiempo atrás. La rimbombante frase “acto de soberanía” debería tener su correlato opuesto en “pérdida de soberanía” como resultado de una traición, que en el ámbito del derecho y en el campo político es un delito  que se comete cuando se atenta gravemente contra la seguridad de la nación. En tal sentido, sería materia de debate establecer, por ejemplo, si la privatización del petróleo argentino puede considerarse una traición, así como su expropiación reciente se consideró un acto de soberanía. El hecho concreto es que en la actualidad el ex presidente Carlos Menem, que promovió la privatización, y los legisladores que la aprobaron, no sufrieron ningún tipo de sanciones. Por el contrario, la mayoría de ellos ocupan en la actualidad cargos relevantes en la administración pública.

Corrido el velo de la grandilocuencia de tono marketinero, y cumplidos los requisitos de delegación republicana del poder; organización jurídica y preservación del territorio, incursionemos en la enorme trascendencia que para un país tienen determinados actos políticos. La implementación de instrumentos legales y administrativos para promover políticas, indefectiblemente admite alternativas que comprenden múltiples estrategias de interacción entre sectores públicos y privados. El Estado posee lo que jamás poseerá el privado: la capacidad de dictar leyes y decidir políticas públicas de cumplimiento obligatorio. Si el privado avanza en éste campo, es por claudicación del funcionario público, generalmente asociada a la corrupción. El burócrata, por su parte, envidia la escenografía del empresario y añora sustituirlo y usufructuar sus bienes, sin poner en riesgo capital propio y careciendo por sí mismo de la creatividad del emprendedor. Minimizar riesgos y lograr ganancias fáciles también es un deseo de muchos empresarios, para lo cual conforman “fructíferas asociaciones” con funcionarios en detrimento de los fondos públicos. La ex empresa Ciccone Calcográfica es un excelente ejemplo de este tipo de asociaciones. Como el negociado fracasó parcialmente, varios legisladores tuvieron un ataque de “soberanía” al expropiarla, bastardeando el sentido de la palabra.

En estas circunstancias hasta se puede ser condescendiente con los legisladores oficialistas, considerando que existe un sistema electoral que mantiene férreamente las llamadas listas sábana para ser elegidos, y que acceder a ellas depende del gran elector, ya sea la presidente en el oficialismo, o de los pequeños grupúsculos que recurrentemente se autoeligen como candidatos a legisladores en las distintas versiones de las supuestas oposiciones, para solo entonces, depender todos ellos de los votos que obtengan en la elección general. Sin embargo la responsabilidad de las oposiciones es mayor a la del oficialismo, porque como tales tienen la fundamental obligación de legislar alternativas, controlar los actos públicos del Ejecutivo, e informar a la ciudadanía el resultado de tales controles. Sus desempeños los hará eventualmente acreedores a ser considerados por la ciudadanía como futura opción de gobierno. Lamentablemente  nuestra realidad política indica que no existe oposición, dado que sus referentes, conscientes de sus limitaciones, ni siquiera pretenden ser opción de gobierno, sino solo mantener sus privilegiados cargos legislativos el mayor tiempo posible. Por ello no plantean que aún no se cerró la expropiación de Aerolíneas Argentinas, desconociéndose el monto indemnizatorio que recaerá en los próximos presupuestos y gestiones de gobierno. Del mismo modo se ignoran montos indemnizatorios y cronograma de inversiones con su flujo de egresos-ingresos de YPF. Y en el caso más reciente, no se tiene la mínima idea del costo de la expropiación de la ex imprenta Ciccone, y menos aún se explica porque es un acto de soberanía expropiarla cuando existe la Casa de la Moneda para tal función.

Tengamos presentes una obviedad: el primer acto de soberanía económica y política es minimizar los actos de corrupción que asocia a funcionarios públicos con empresarios privados, ya sea nacionales o extranjeros, en detrimento del presupuesto público, con sus consecuencias en el desarrollo social, y muchas veces a costa de la vida de ciudadanos inocentes, como sucediera recientemente en la tragedia ferroviaria de la estación Once.

sábado, 18 de agosto de 2012

ÉTICA PÚBLICA PARA PERIODISTAS



Recientemente la Presidente de la Nación, en un discurso transmitido por cadena nacional, entendió necesario promover una ley de ética pública de aplicación para periodistas. Sorprende que tras este requerimiento público emanado de la máxima autoridad política, que provocara el sostenido aplauso de los presentes, al menos los legisladores oficialistas no se abocaran de inmediato a la elaboración del proyecto de ley pertinente, o que supuestos opositores rechazaran la idea de plano sin incursionar en un debate complejo y enriquecedor respecto a un aspecto esencial para todas las formas de actuación política y social: la ética.

Evitar el debate sugerido por la Presidente generará como consecuencia acostumbrarnos a los juegos dialécticos grandilocuentes entre oficialistas y opositores, que quedan en el olvido hasta que surja la próxima frase impactante, y así sucesivamente, sin que nada cambie. Cuando desde los máximos niveles políticos se busca la adhesión popular a través de mensajes supuestamente trascendentes, hay que tener la capacidad tanto para sustentarlos, como para rebatirlos por parte de quienes lo critican. Caso contrario no nos diferenciaríamos demasiado del espectador-ciudadano entretenido con los espectáculos circenses de la antigua Roma.

Partiendo de su definición, la ética es una de las principales ramas de la filosofía que estudia los fundamentos de la moral, a través de costumbres, virtudes y deberes, entre otros aspectos. Existen valoraciones distintas según se la aborde desde consideraciones económicas, militares, ambientales, médicas, etc. Una sentencia ética contendrá, por ejemplo, términos como “bueno” o “malo”. El filósofo Aristóteles, que fuera preceptor de Alejandro Magno, quien se basaba en “el realismo de los objetos” en oposición al “realismo de las ideas” de Platón, en su libro “La política” desarrolló con precisión lo que denominaba “virtudes” públicas y privadas, señalando que las virtudes del ciudadano, como tal, se refieren exclusivamente a su relación con el Estado, en el que conviven lo público y privado. Por ello el privado no es ajeno a la ética en cuanto ciudadano, pero no tiene la misma valoración que la ética del magistrado que lo gobierna. Tomemos como ejemplo a las concesiones del transporte público. El empresario a cargo de la explotación de servicios y bienes del Estado, como tal, forma parte de éste. Pero la responsabilidad de los funcionarios que le otorgan la concesión y deben controlarlo, es mucho mayor que la del privado, porque asumen la representación del interés común. Por lo expuesto, en principio no adheriremos al argumento de que los periodistas de medios privados están excluídos de condicionantes éticos “porque no son empleados públicos”, como expresara la senadora Norma Morandini en una nota periodística.

Un buen comienzo de todo debate es analizar los antecedentes existentes, por lo que el punto de partida será la Ley de Ética de la Función Pública 25.188 sancionada en septiembre de 1999, de aplicación para magistrados, funcionarios y empleados del Estado. Para evaluar su cumplimiento citaremos como referencia cinco de sus obligaciones:
1.- Cumplir y hacer cumplir estrictamente la Constitución Nacional, las leyes y los reglamentos que en su consecuencia se dicten.
2.- Observar en los procedimientos de contrataciones públicas los principios de publicidad, igualdad, concurrencia y razonabilidad.
3.- Presentar los funcionarios jerárquicos una declaración jurada patrimonial dentro de los treinta días hábiles desde la asunción de los cargos, y actualizarla anualmente.
4.- Las declaraciones juradas deberán ser entregadas a la Comisión Nacional de Ética Pública, integrada por once miembros de los tres poderes del Estado.
5.- La Comisión Nacional de Ética deberá realizar una prevención sumaria a fin de investigar supuestos de enriquecimiento injustificado en la función pública.

Como se observará, a trece años de sancionada, la ley de Ética Pública presenta manifiestos y reiterados incumplimientos por parte de las sucesivas gestiones de gobierno, incluidos los sectores de la oposición. Mas aún, jamás fue conformada la Comisión Nacional de Ética como organismo de aplicación. Surge entonces un severo condicionamiento inicial para elaborar una ley de ética para periodistas: pueden redactarla y aprobarla quienes incumplen con sus propias regulaciones éticas? Parecería una falta de ética.

Siguiendo con el análisis de la ley 25.188, su redacción contiene vaguedades extremadamente perjudiciales en un campo tan sensible como el de la ética, tales como que los incumplimientos de las normas …”darán lugar a las sanciones que pudieran corresponder”. Se explicitan las sanciones? No. Un caso claro de incumplimiento de la ley son los enriquecimientos injustificados que en el corto plazo de un año presentan innumerables funcionarios públicos, quienes además trabajan en su tarea a tiempo completo. Se aplican sanciones al funcionario y se trata de recuperar lo que indudablemente obtuvo de recursos públicos a través de retornos entregados por empresarios relacionados con el Estado? No.

Ante hechos tan evidentes de incumplimientos éticos (en muchos casos con consecuencias penales) por parte de los funcionarios públicos y magistrados, llegamos a la pregunta de fondo: cuáles serían los elementos concretos para evaluar si la actuación de los periodistas es pasible de sanciones? A manera de ejercicio para comprender el riquísimo campo de debate que abre la inquietud de la Presidente, formulemos la siguiente hipótesis: ante la redacción de determinada norma ética para periodistas, le cabría una sanción a Jorge Lanata o a Víctor Hugo Morales?

Mientras los legisladores incursionan en estas complejas disquisiciones, sepamos que nuestra protección como ciudadanos para estar medianamente bien informados, inicialmente es reconocer que no existe la información aséptica. Por lo tanto si conviven “6,7,8”; Página 12 y Vítor Hugo Morales por un lado, y “Clarín”; “La Nación” y Jorge Lanata por el otro, no tendremos grandes problemas, porque otorgará al ciudadano la posibilidad de comparar y evaluar la calidad informativa que se le ofrece. Pero si un grupo pretende acallar al otro y lo logra, pasaremos de las opiniones múltiples en democracia, al pensamiento dirigido por quienes detentan el poder. Resaltemos además una obviedad que los fundamentalistas ideológicos siempre intentan ocultar a la ciudadanía: ambos grupos tienen intereses económicos, lo que es justificable para subsistir, pero no para engañar.

sábado, 11 de agosto de 2012

METROVÍAS: JUGUEMOS A LA POLÍTICA Y OCULTEMOS LA VERDAD


Los análisis políticos en busca de una verdad tienen que esforzarse en abstraerse de subjetividades o insulsas declamaciones ideológicas. De no ser así, las polémicas las monopolizan los políticos profesionales de sectores supuestamente enfrentados, en busca de la adhesión de sus respectivos líderes primero, y de la opinión pública después, intentando manipular tanto al oficialista como al opositor; al progresista como al neoliberal; al peronista como al radical.

Valga la introducción para destacar aspectos esenciales del conflicto de los subterráneos, que con total desprecio por los miles de usuarios que lo utilizan por necesidad y no por el placer de viajar, visto la falta de confort del transporte público, quienes se ven salvajemente torturados de manera coordinada y simultánea por el gobierno nacional, el gobierno de la ciudad, la empresa concesionaria, y los gremialistas.

En la reflexión del pasado 03 de diciembre relacionada con el anuncio del traspaso de los subterráneos al Gobierno de la Ciudad, señalábamos textualmente: En el debate de los subterráneos, tanto por parte del kirchnerismo como del macrismo, desapareció como por arte de magia el actor principal en la transferencia del servicio: el concesionario”.  

Transcurridos ocho meses sigue sin aparecer el concesionario, parte esencial del conflicto, y que es hoy indirectamente representado por los gremialistas. La empresa Metrovías SA, cuya amplia mayoría del capital social pertenece al conocido grupo empresario Benito Roggio, fue creada a partir del 1º de enero de 1994 para explotar la concesión de todas las líneas de subterráneos, y la línea ferroviaria Urquiza. El contrato de concesión, que sufrió sucesivas renegociaciones parciales y presenta derechos adquiridos, obligaciones incumplidas por parte de la empresa, y zonas grises contractuales producto de las mencionadas renegociaciones parciales, vencerá el 31 de diciembre de 2017. Tras dieciocho años de concesión, los antecedentes contractuales tienen y tendrán un impacto económico muy superior al de cualquier valor de boleto que se adopte. Mientras se oculta esta realidad, la voz cantante la llevan los gremialistas, para colmo inmersos en un conflicto interno entre ellos, y que recién a principios de este año descubrieron las graves falencias operativas y mecánicas de los subterráneos. Este cuadro de situación es aplicable a todo el transporte público, por responder a una matriz de coimas entre empresarios y funcionarios que no salen de bolsillos privados, sino de retornos surgidos de la desinversión y sobrecostos,  posibles con la complicidad estatal, y muchas veces gremial. Obviamente, ningún juez federal comprobará los vergonzosos enriquecimientos ilícitos de los funcionarios intervinientes, aduciendo que “son temas complejos…vió?”.

Si bien el reclamo es de origen salarial, por lo que involucra exclusivamente a la concesionaria y a sus empleados, es oportuno dar un giro al debate estéril, y con visión de futuro analizar la madre del conflicto (con perdón de la figura materna): el Acta Acuerdo de transferencia de los servicios de transporte subterráneo y premetro, suscrito el 03 de enero de este año entre el Ministro de Planificación, arquitecto Julio De Vido, y el Jefe de Gobierno de la Ciudad, ingeniero Mauricio Macri. No es un dato menor que los firmantes sean un arquitecto y un ingeniero, porque queda cubierta la condición de formación necesaria para asumir las responsabilidades técnicas, además de las políticas.

Pensará el ciudadano común que excede a sus posibilidades comprender estos acuerdos dada la complejidad de la concesión; es un pensamiento absolutamente razonable, pero no aplicable a éste caso. El Convenio consta solo de dos hojas, que obviando formalismos de redacción, en lo concreto se resume en tres puntos: 1) La Ciudad ratifica en el acto de firma la decisión de aceptar la transferencia de la concesión de la red de subterráneos. 2) la Ciudad asume a partir de la firma del convenio, el control y fiscalización del contrato de concesión en su totalidad, como así también el íntegro ejercicio de la potestad de fijar las tarifas del servicio. 3) la Nación ofrece y la Ciudad acepta el pago de una suma de 360 millones de pesos, dentro de un plazo de 12 meses a partir de la firma del convenio.

Increíblemente no hay anexos que informen sobre los flujos de fondos de la empresa  históricos y presentes de la explotación (ingresos y egresos); obras comprometidas y efectivamente ejecutadas; nivel de amortización del equipamiento; proyección de inversiones hasta el final de la concesión; entre muchos otros indicadores, que deje constancia de las condiciones técnicas-económicas en las que se entrega la concesión. Si este es el nivel de manejo que las más altas autoridades nacionales y de la Ciudad tienen de los temas complejos, estamos en serios problemas. Desde luego que ningún legislador porteño, oficialista u opositor, informó en sus periplos televisivos las omisiones del acuerdo, y consecuentemente, el cuadro de situación real de la concesión. Pareciera más bien que, al menos públicamente, compitieran en “Hablando por un sueño”.

Es claro que mas allá de la irresponsable forma en que se firmó el Acta Acuerdo entre las partes, los tres puntos establecidos indican que el Gobierno de la Ciudad aceptó sin condicionamientos o reservas hacerse cargo de la concesión de los subterráneos. Dicho esto, y para no repetir desgastantes polémicas políticas, avancemos en positivo, haciendo la salvedad de que si el gobierno nacional quiere erosionar la imagen de Macri en su carácter de opositor ideológico, éste deberá extremar la calidad de sus colaboradores en los campos técnicos y jurídicos.

Como responsable del servicio de subterráneos se le presenta al Gobierno de la Ciudad una interesante oportunidad, partiendo de una condición necesaria pero no suficiente: actuar con honestidad, desactivando inicialmente los retornos empresarios a los funcionarios controladores obtenidos a costa de incumplimientos contractuales. Plasmado este requisito, deberá realizar un acotado estudio de las condiciones vigentes de la concesión, muchos de cuyos aspectos señaláramos precedentemente, para definir las obligaciones incumplidas por la empresa; eventuales sobrecostos facturados por proveedoras asociadas al grupo concesionario, y fundamentalmente, en que estado de inversión y amortización de equipos e instalaciones se llegará al fin de la concesión en el 2017. Solo una vez realizado éste análisis conjunto con la empresa, se podrá establecer la nueva política tarifaria. Si a la concesionaria no le conviene, tendrá el derecho de acordar una rescisión anticipada de común acuerdo, y eventualmente reclamar al gobierno nacional por  incumplimientos previos al traspaso al Gobierno de la Ciudad, quien de inmediato deberá abocarse a la elaboración del pliego de condiciones para llamar a una nueva licitación, teniendo a su favor un amplio conocimiento de lo sucedido en los 19 años de concesión transcurridos, para realizar las adecuaciones necesarias.

De este modo se demostrará que se puede hacer política de alto nivel en beneficio de la gente. Solo resta hacer una reserva. Es de esperar que no se repita un clásico de la corrupción aplicado en las concesiones de todo tipo, tales como transporte público, juegos de azar, explotaciones petrolíferas, entre otras, consistente en prorrogarlas a favor de los mismos concesionarios sin llamar a una nueva compulsa de ofertas, invocando “un positivo acuerdo entre las partes en pos del interés general”.



sábado, 4 de agosto de 2012

CUANDO EL DEBATE NO ACLARA SINO ENMASCARA

En la semana anterior reflexionamos acerca de la polémica desatada con motivo de la imposibilidad de la provincia de Buenos Aires de abonar en tiempo y forma el aguinaldo a sus empleados públicos, centrándonos en los actores políticos excluyentes del conflicto: la Presidente, con su habitual locuacidad, y el gobernador Scioli, con su no menos habitual apatía. Profundizaremos ahora las causas del conflicto desde lo estrictamente institucional y presupuestario, que excede lo anecdótico para adquirir el carácter de política de fondo con repercusión en todo el ámbito nacional.

El tema ofrece tres vertientes de análisis, que por orden de importancia denominaremos político-constitucional, técnico-presupuestario, y de gestión. El intercambio de declaraciones solo hizo hincapié en la gestión, que necesariamente debe ser evaluada una vez clarificados los aspectos institucionales y presupuestarios.

1.- Político-constitucional: la reforma constitucional de 1994 aprobada el 22 de agosto de ese año, al fin de su articulado establecía un conjunto de Disposiciones Transitorias para los casos en que las reformas necesitaban de tiempos de implementación. La Disposición Sexta expresaba textualmente que “Un régimen de coparticipación conforme a lo dispuesto en el inc. 2 del art. 75 y la reglamentación del organismo fiscal federal, serán establecidos antes de la finalización del año 1996; la distribución de competencias, servicios y funciones vigentes a la sanción de esta reforma, no podrá modificarse sin la aprobación de la provincia interesada; tampoco podrá modificarse en desmedro de las provincias la distribución de recursos vigente a la sanción de esta reforma y en ambos casos hasta el dictado del mencionado régimen de coparticipación.”
Asumiendo la envergadura e importancia de la tarea para posibilitar un verdadero federalismo, se otorgaba a los legisladores en plazo de veintiocho meses para cumplimentar el requisito establecido. A más de quince años de su vencimiento no solo no se cumplió, sino que en el colmo del cinismo, hay quienes piensan en una nueva reforma constitucional. Sumemos a lo expuesto las permanentes delegaciones en el Poder Ejecutivo que los legisladores realizan de sus atribuciones, afectando la coparticipación de recursos entre Nación y Provincias, y posibilitando al Ejecutivo la conformación de la famosa “caja disciplinadora de gobernadores”. Esta situación de concentración de recursos económicos de características “unitarias” para quienes gustan remontarse al pasado, no es responsabilidad del Presidente de turno, sino exclusiva de los gobernadores y legisladores provinciales, que contando con amplia mayoría legislativa para lograr distribuciones más equitativas, traicionan el mandato que les otorgaran sus comprovincianos. Pareciera ser más fácil gimotear reclamando la gracia presidencial para, por ejemplo, incrementar el Fondo del Conurbano, que cumplir con el mandato constitucional del año 2004. Un ejemplo reciente de esta complicidad fue el rol cumplido por los gobernadores de provincias petroleras en la expropiación de las acciones de Repsol, sabiendo que perderán gran parte de sus facultades como titulares del dominio de los subsuelos provinciales que les otorgara la reforma constitucional, que serán asumidas por el Ejecutivo nacional.

2.- Técnico–presupuestario: los presupuestos consisten en el cálculo anticipado de ingresos y gastos que sean viables, y en el caso de los gubernamentales, por un período anual. Al nacional se lo denomina “ley de leyes” por traducir en números las políticas implementadas para el país. Su correcta formulación y aplicación debería evitar situaciones traumáticas como las vividas por los empleados públicos de la provincia de Buenos Aires. El presupuesto nacional fue aprobado legislativamente el 21 de diciembre de 2011, y el provincial el 24 de noviembre del mismo año. Es claro que en el corto período que medió entre sus aprobaciones y la insuficiencia de fondos de la provincia para abonar aguinaldos, no se produjeron situaciones económicas que modificaran las previsiones aprobadas, por lo que en principio el problema no debería ser de índole económico-financiera, sino político.

3.- Calidad de gestión: solo una vez considerados los aspectos detallados en los puntos precedentes, cabe analizar la calidad de gestión, entendiendo como tal a la tarea de administrar metódicamente las variables presupuestarias aprobadas, lo que implica gobernar, disponer, dirigir, ordenar u organizar en función de cumplir con el objetivo que motivara su elaboración y aprobación.

Estas hipótesis de trabajo no fueron planteadas en el debate mediático tanto por los adherentes a la Presidenta como al gobernador Scioli. Ni hablar de las supuestas oposiciones, que tienen una relevante responsabilidad en su carácter de minoría en la aprobación del presupuesto nacional, tanto en lo que compete a las políticas de Estado, como a los montos, fines y plazos de las partidas que deberán ser trasladadas a cada provincia. Si una minoría observa distorsiones insalvables que falsean la realidad económica, está obligada a presentar su propio presupuesto, apoyarlo en el recinto, y explicitarlo de manera entendible a la comunidad. No basta con ir a programas televisivos para decir que se votó en contra, o a favor pero “con reservas”.

Entendidos estos rudimentarios conceptos que pareciera los políticos tratan de evitar, es cuando surgen las preguntas obvias: los presupuestos nacional y provincial respondieron a estimaciones reales o ficticias? En caso de haber sido reales: cumplió el Ejecutivo con el envío de los fondos previstos para la provincia? En caso de haber cumplido el Ejecutivo: qué destino dió a los fondos percibidos el gobernador Scioli?

Lo lamentable es que tras el telón de debates engañosos y escenográficos se produjo el habitual negocio. El gobernador Scioli firmó el 22 de julio un decreto que prorrogó las licencias de concesión para operar las salas de juegos de azar por 15 años, recibiendo como contrapartida la suma de 1.500 millones de pesos para pagar los aguinaldos. Se repite de este modo un viejo vicio neoliberal–progresista: lo que no logran políticas adecuadas lo soluciona la ruleta.