Aristóteles definía a las leyes
como “el común consenso de los ciudadanos”. Para ello, quienes las redactan y
aprueban deben responder a la generalidad abstracta del “bien común”, y no legislar
para intereses particulares. Existen dos formas de burlar el espíritu de las
leyes: que tengan vicios de origen (intereses particulares), o no cumplirlas
(con interpretaciones u omisiones cómplices de la justicia).
El reciente fraude electoral en Tucumán,
que se suma a otros no menos escandalosos en las últimas décadas, son
consecuencia inevitable del entramado de sistemas electorales, ausencia de
control y capciosos fallos judiciales. La quema o robo de urnas es una
manifestación primaria y bárbara, que encubre estrategias feudales elaboradas
en cenáculos del poder, posteriormente “legalizadas” con leyes agraviantes para
una democracia. En la tarea colaboran circunstanciales oficialistas y
opositores, dado que dichos roles son fácilmente intercambiables. El objetivo es
limitar al máximo el derecho del ciudadano a elegir libremente, escamoteándole
formación cívica e instrumentos claros. No debe sorprender entonces la existencia
de anacrónicas gobernaciones e intendencias feudales, con su consecuente
nepotismo. En este contexto y en el colmo del cinismo, se intenta depositar la
culpa de la perdurabilidad de estas oligarquías políticas en los pobres, porque
“no saben votar”.
Valga un ejemplo que explicite
las estrategias elaboradas para vulnerar el principio democrático, que
establece que la voluntad popular se expresa en cantidad de votos. La Ley de
Lemas consiste en que un partido (lema A), puede concurrir a una elección general
con varios candidatos del mismo partido (sublemas a1 + a2 + a3). A los efectos del
resultado electoral, internamente gana el sublema más votado (por ejemplo a2),
y para la general suma los votos de los sublemas derrotados, a1 y a3. Si esta
suma supera a los de los otros partidos-lemas (ejemplo: B y C), a2 gana la elección,
aunque individualmente haya obtenido menos votos que los candidatos de B y C.
Esta ley fue utilizada en varias provincias, y ante las críticas unánimes, fueron
derogadas. Ejemplifiquemos el engaño.
En la elección de 1991 en Jujuy,
se consagró gobernador el justicialista Domínguez con el 17,50% de votos
propios, por pertenecer al lema más votado. De este modo, postergó al candidato
radical, que había obtenido el 25 % de los votos. En Santiago del Estero el
caso fue más patético. Pese a obtener el 28,60 % de votos propios contra el
41,90 % del candidato radical, triunfó el justicialista Iturre, por haber
sumado los votos del sublema de su enemigo político Juárez, que además lo acusó
de fraude.
El caso más claro de la trampa
legalizada se dio en la provincia de Chubut, también en 1991. En la aprobación
de la ley, se hizo valer que el artículo 139 de la Constitución provincial,
indicaba que el Poder Ejecutivo sería
desempeñado por el ciudadano elegido directamente por el pueblo, a simple
pluralidad de sufragios (lo que en democracia es una obviedad). En
septiembre el lema justicialista, con dos sublemas, obtuvo 76.889 votos, contra
40.929 votos del lema radical, que fue con un único candidato: Carlos Maestro. Pero
como éste superó individualmente al ing. Osvaldo Sala, ganador del lema del PJ,
el 13 de octubre, a escasos 35 días de la primera elección, se realizó el
ballotage. Dado la diferencia de 28 mil votos a favor del lema justicialista, podría
suponerse que el ballotage era un mero formulismo. Sin embargo triunfó Maestro,
que incrementó su caudal de votos del 32 al 53 %, mientras que Sala bajó del 53
al 45 %. Es indudable entonces que la
obtención de una mayor cantidad de votos positivos otorgados a determinado
candidato, configura el único parámetro de legitimidad.
Producto de las divergencias de
poder entre el actual gobernador Peralta y quien pretende sucederlo, Alicia
Kirchner, recientemente se reimplantó la ley en Santa Cruz, pese a la vigencia
de las PASO, que obliga a que cada partido realice internas abiertas y
simultáneas para elegir a su candidato. La trampa contó con el invalorable
aporte de la Justicia, que es un actor imprescindible dentro de la trama. El Tribunal
Superior provincial, ante los amparos presentados por inconstitucionalidad, avaló
su reimplantación. Votaron a favor los jueces Paula Ludueña, Clara Zalazar y
Alicia Mercau. Cabe preguntarse; seguiremos culpabilizando por los efectos de estas
leyes a los pobres, porque “no saben votar?”.